Salir del default selectivo en el cual está inserta la Argentina desde mediados de 2014, cuando el juez de Nueva York Thomas Griesa trabó los pagos de la deuda reestructurada, constituye una condición necesaria para mejorar las perspectivas de crecimiento e inflación vía el ingreso de capitales, aunque no suficiente para asegurarlas a mediano y largo plazo si no se progresa en simultáneo en la consistencia fiscal y de la cuenta corriente de la balanza de pagos, y sólo se pretende cambiar financiamiento monetario por deuda en el mercado.
A contramano, dados los precios actuales de los activos financieros que incorporan en gran medida el acuerdo (los mercados siempre se adelantan), no acordar sería condición suficiente para gatillar una salida de capitales con un escenario de segura estanflación. Teniendo en cuenta, además, que el riesgo de aceleración de la deuda reestructurada que habilita a los bonistas a reclamar las condiciones de los bonos originales está hoy, de alguna forma, acotado por las expectativas del acuerdo, y constituye un riesgo mayor al del propio acuerdo, una vez que la cláusula RUFO, que impedía a la Argentina ofrecer mejores condiciones, expiró a fines de 2014.
En línea con lo posible
El acuerdo alcanzado, con una quita final del 30% respecto del monto implícito en la grosera interpretación del pari passu que el juez Griesa incorporó en su fallo, está en línea con lo posible y lo que proponíamos en agosto pasado, teniendo en cuenta que, si bien es injusta y onerosa, la medida judicial cumplió todas las instancias legales en los juzgados a los que se sometió la Argentina, llegando incluso al rechazo de la Corte Suprema de ese país de analizar el caso. Amén de que seguir dilatándolo en el tiempo intentando mejorar las condiciones tiene en contra no sólo el aumento en la carga de intereses punitorios que corren al 9% anual, sino también el propio riesgo de aceleración de la deuda reestructurada mencionado antes. Y que más allá de las presentaciones del país ante organismos internacionales como la ONU, y de los consensos generados respecto de la injusticia del fallo, no hay mecanismos legales que permitan cambiar la jurisprudencia hacia atrás.
En tanto, la nueva deuda soberana emitida en los mercados internacionales ya incluye cláusulas de acción colectiva que permiten a los países, en caso de necesidad, reestructurar el 100% de la deuda, accediendo a ciertas mayorías, algo que no existía en los bonos emitidos durante los 90 y defaulteados a fines de 2001, que son los que hoy están trabando la operatoria argentina.Es cierto que, hasta tanto no se acuerde con el 100% de los bonistas, hay algún riesgo de que vuelvan a aparecer acciones judiciales contra la Argentina. De hecho, el grupo minoritario de bonistas con fallo firme de la justicia norteamericana que no aceptó la oferta argentina pidió a la Cámara de Apelaciones que sea ésta y no Griesa la que mantenga la potestad para reponer el stay, algo que de momento aceptó, pero que difícilmente trabe teniendo en cuenta el cambio en la política exterior argentina y fundamentalmente las presiones del 85% de los buitres que sí aceptaron el acuerdo.
Contexto global
Las condiciones financieras globales de alta liquidez y la baja deuda flotando en el mercado de la cual parte la Argentina, habilitan la posibilidad de financiar este acuerdo mediante la colocación de deuda y cerrar el capítulo del default de fines de 2001. Nuevamente, el acuerdo es necesario para que el gobierno nacional, las provincias y las empresas puedan acceder al crédito a tasas más bajas, aunque no suficiente para asegurar que el endeudamiento resulte sustentable en el tiempo.En efecto, se debe evitar repetir las experiencias de décadas pasadas, en las cuales el país experimentó ciclos de endeudamiento en moneda extranjera que terminaron fatalmente en episodios de insolvencia y disrupción económica y política.